En una medida general, infringir una normativa dentra de esta seccion podria ser considerado motivo de una sancion (grave) o advertencia dependiendo de la frecuencia de estas faltas o la gravedad de la misma.
Las conquistas que se defiendan por parte de grupos ilegales, deberán ser de su posesión o de un aliado (registrado antes del suceso y siguiendo las Normativas de Conquistas), es decir, si su grupo ha ido a detener una conquista que su grupo no completó con éxito o esta no les pertenece, tendrán una advertencia grupal.
Se prohíbe rotundamente que un médico actúe a favor de algún grupo, esto se refiere a cuando un miembro del grupo utiliza el trabajo de medico únicamente para reanimar a los de su propio grupo, o que este luego de morir, tome el trabajo y vuelva al lugar para curar a su grupo.
No hay un tope máximo de integrantes para la disputa territorial. La participación de los miembros por grupo es ilimitada siempre y cuando pertenezcan al mismo.
Está totalmente permitido tener alianzas para conquistas (rol previo y verificada por el GT).